La historia del acuerdo ADPIC y los cuidados que los países deben tener

Antes de que existiera la Organización Mundial del Comercio –OMC– existía el GATT. El GATT era la reunión periódica de un grupo de países que se realizaba para negociar aranceles en función del principio de reciprocidad.

A estas reuniones periódicas se las conocía con el nombre de Rondas. En 1947 se produjo la primera de ellas, llamada Ronda de Ginebra, que fue la que puso en vigencia el GATT. Desde entonces, se sucedieron una serie de Rondas más, hasta que, en 1986 inició la Ronda Uruguay. Esta Ronda se dedicó a sustituir y ampliar los acuerdos que hasta entonces estaban en vigor sobre diversos temas de comercio internacional. La Ronda Uruguay se prolongó hasta 1993 y culminó en una reunión que se produjo en Marruecos. Uno de los acuerdos más importantes de esa reunión de Marruecos fue el establecimiento de la Organización Mundial del Comercio.

La OMC y los ADPIC

La creación de la OMC trajo consigo acuerdos relacionados con el comercios de mercancías, de servicios y uno denominado acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio, conocido desde entonces por su siglas: ADPIC.

Este acuerdo establece las disposiciones que los países miembros de la Organización Mundial del Comercio –OMC– deben seguir en materia de propiedad intelectual. Estas disposiciones son un conjunto de normas mínimas para muchas formas de regulación de la propiedad intelectual.

Los hitos más importantes en la historia de los ADPIC relacionados con la propiedad intelectual son analizados por Carlos Correa, máximo referente a nivel latinoamericano en esta materia. Carlos Correa es argentino, consejero especial en comercio y propiedad intelectual del Centro del Sur, en Ginebra.

“Hasta hace pocos años los países tenían gran libertad para establecer los parámetros en propiedad intelectual. Podían definir, por ejemplo, si otorgaban patentes o no en algunos sectores, podían definir los plazos de duración de las patentes, qué derechos se otorgaban. Esto sufre una limitación muy importante cuando se aprueba, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, un Acuerdo Internacional sobre Propiedad Intelectual –ADPIC– que establece una serie de estándares mínimos para protección de la propiedad intelectual. Por ejemplo, se establece que las patentes no pueden durar menos de 20 años, aunque en realidad no existe ninguna justificación lógica o económica para esta duración. Establece qué derechos deben concederse a los títulos de patentes y de marcas. Crea una nueva forma de protección de los llamados datos de prueba para los productos farmacéuticos. Es decir, establece un conjunto de normas claramente inspiradas y promovidas por los países desarrollados, estándares de propiedad intelectual equivalentes a los existentes en esos países, lo que no necesariamente es lo adecuado para los países en desarrollo”.

En efecto, tal como afirma Correa, el acuerdo ADPIC fue la culminación de un intenso cabildeo de los Estados Unidos, apoyado por la Unión Europea, Japón y otros países desarrollados. Sin embargo, Carlos Correa explica que en ese marco restrictivo favorable para los países desarrollados, también existen flexibilidades que pueden ser aprovechadas por países como Ecuador.

“Ahora bien, este Acuerdo permite ciertas flexibilidades. Es decir, dentro de este marco restrictivo hay cierto margen de maniobra, por ejemplo para conceder licencias obligatorias, como lo ha hecho Ecuador, cuando los precios de los medicamentos son elevados, para establecer excepciones a los derechos exclusivos, que nuestros países deben utilizar de manera plena, porque es una manera de mitigar el efecto que pueden tener los monopolios que otorgan las patentes u otros títulos de propiedad intelectual”.

El acuerdo ADPIC es parte de este mundo globalizado, en el cual normas internacionales generalmente interpuestas por países poderosos tienen que ser asumidas por países pequeños, aún a costa de sus intereses.

Link de audio:
https://soundcloud.com/iepi_ecuador/cr-nica-adpic


 

  2 comments for “La historia del acuerdo ADPIC y los cuidados que los países deben tener

  1. Arturo
    23 febrero, 2016 at 11:18 pm

    Excelente aporte, me han brindado muy buena información, gracias¡¡

  2. florencia
    14 agosto, 2016 at 5:05 pm

    Mi pregunta es la siguiente: cual es la diferencia entre ADPIC y la OMPI? Que aporte introdujo ADPIC que no estuviese ya regulado por OMPI? Ya que ambos conviven hoy en dia.
    GRacias!

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