“Sin el Derecho de Autor, no sería posible pensar en industrias culturales”

Viviana Dirolli es abogada especializada en Derecho de Autor, con inserción en la industria del cine. Además, es profesora en la Maestría en Propiedad Intelectual e investigadora del Programa de Derecho y Bienes Públicos de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) de Argentina. También es profesora de Legislación Cinematográfica de la Escuela Internacional de Cine y Televisión (EICTV)  de San Antonio de los Baños, Cuba.

Anepi accedió a una entrevista con Dirolli para diseñar un pequeño mapa que grafique la conjunción entre el Derecho de Autor, las industrias culturales, el acceso a la cultura y las políticas públicas.
¿Cuál es la importancia que tiene el derecho autor dentro de la industria cultural?
El Derecho de Autor es sustancial en lo que respecta a las industrias culturales, a la industria audiovisual o a cualquier otra industria porque es el marco jurídico de reconocimiento de la titularidad sobre las obras. Sin el Derecho de Autor, sin el reconocimiento, sin la autoría, no sería posible pensar en industrias culturales.
¿Cuál es el rol que debería cumplir el Estado frente a las industrias culturales?
Desde el punto de vista del Estado, las industrias culturales son impulsadas por el aspecto económico, pero no es lo principal. Yo diría que es el aspecto cultural lo que resaltan las políticas públicas que se centran en estas industrias. Particularmente el audiovisual y la cinematografía son una representación eficiente del pueblo, de la cultura nacional en sí misma como bien cultural.

Las políticas públicas en casi todo el mundo rescatan esa característica y tienden a fomentar y regular la actividad cinematográfica a fin de que pueda existir representación de una cultura distinta, que no sea la de una industria cultural muy importante como la de Hollywood. Digo Hollywood y no Estados Unidos porque es un tipo de cine, una industria, que tiene predominio sobre el resto de las industrias, incluso sobre el cine independiente americano. Eclipsa al cine europeo o al cine latinoamericano. Con este escenario exige el fomento y la regulación de la actividad para que puedan desarrollarse otro tipo de industrias.

¿Cómo impactan las nuevas tecnologías en los derechos de autor dentro de las industrias culturales?
Al derecho de autor algunos lo definen como reactivo a la tecnología. Si bien su aparición es multicausal, con la creación de la imprenta y la desaparición de los mecenazgos empieza a aparecer la idea de crear una ley para proteger a los autores, porque ya no se trata solamente de un monje copiando en un convento. Entonces, desde que nació, el derecho de autor fue reaccionando a la tecnología.
De alguna forma es un derecho muy nuevo. Hoy todos dicen que es antiguo, que necesita modificaciones, pero si lo comparamos con derecho en materia de regulación en inmuebles, matrimonios o sociedades conyugales, que tienen más de 20 siglos, el derecho de autor, con solo tres, es relativamente nuevo.
En ese sentido, ¿qué sucedió con la llegada de internet?
En materia de derecho de autor, internet provocó una serie de situaciones que generaron circunstancias críticas, conflictivas, pero de modo distinto a lo que venía sucediendo. Antes había un criterio según el cual se pensaba que los desarrollos tecnológicos provocaban la necesidad de reconocer la titularidad sobre los derechos de autor, es decir, ajustarlo a esta nueva tecnología. Con la llegada de internet se quemaron los papeles. Ya no había ajuste posible para hacer, sino pensar cómo tenemos que regular ahora.
No existió solamente un enfrentamiento entre quienes, por un lado, eran los titulares de derecho de autor, sea el autor mismo, sus titulares o el distribuidor, y, en la otra pata, quienes querían acceder a los bienes culturales. A su vez, a los autores, en algunos casos, no les afectaba que se distribuyera la obra porque la divulgación estaba en manos de otra persona y no recibían ningún beneficio económico. No quiero ser reduccionista del tema y pensar que la única motivación es la económica, pero es uno de los elementos que se pone sobre la mesa y que hace tambalear un poco las estanterías de lo que se venía pensando.
Por otro lado, también aparece una serie de herramientas que tienen que ver, no solo con  simplificar la distribución, sino también con simplificar la producción de bienes culturales. Aparecen algunas obras que se pueden modificar y la autoría puede ser múltiple, pero no de dos, tres o cinco personas, sino plural a escala planetaria, si es que se quisiera. Son cuestiones que obviamente la ley nunca pudo prever.
Creo que lo más importante en lo que tiene que ver con la llegada de internet, en relación a los derechos de autor y el derecho al acceso a la cultura, es entender el cambio profundo cultural que provocó para poder pensar su regulación. Debe tenerse en cuenta que la academia es muy importante para ofrecer herramientas, plantear, clarificar conceptos para poder definir las políticas públicas y regulaciones.
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